Cuentas abiertas
El el Diario Oficial de extremadura nº 248, de 29 de Diciembre de 2015, se publicó la Ley 18/2015. de 23 de Diciembre, de Cuentas Abiertas para la Administración Pública Extremeña.
Según su artículo 1, el ámbito de aplicación subjetivo de la misma, en lo que atañe a la Administración de la Comunidad Autónoma, se extiende a «La Administración de la Comunidad Autónoma y sus organismos públicos, así como el resto de entidades y órganos que forman parte del sector público autonómico extremeño»
Este ámbito subjetivo es desarrollado y aclarado por su disposición final primera que modifica la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, al incluir de forma explícita entre los obligados a publicar información sobre sus cuentas bancarias a «La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sus organismos públicos, sociedades y empresas públicas, consorcios, fundaciones del sector público autonómico y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de la misma».
ANEXO CUENTAS ABIERTAS FI_30_06_19